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title: "Modelo 650 (Impuesto de Sucesiones): guía completa 2026"
description: "Modelo 650 Impuesto de Sucesiones 2026: quién lo presenta, plazos, cómo se calcula, bonificaciones por CCAA y cómo presentarlo online."
url: https://everly.es/blog/modelo-650-impuesto-sucesiones-guia
category: "Impuesto de Sucesiones"
author: "Equipo Legal Everly"
published: 2026-05-26T10:00:00Z
updated: 2026-07-15T10:00:00Z
reading_time: "12 min"
keywords: "modelo 650, impuesto sucesiones, modelo 650 herencia, isd modelo 650, plazo modelo 650, modelo 650 online"
language: es
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# Modelo 650 (Impuesto de Sucesiones): guía completa 2026

Todo sobre el Modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 2026: cuándo se presenta, cómo se calcula, bonificaciones por comunidad autónoma y cómo evitar recargos.

## Qué es el Modelo 650

El **Modelo 650** es el documento oficial mediante el cual los herederos autoliquidan el **Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)** en su modalidad de sucesiones. Es la forma de declarar y pagar el impuesto a la comunidad autónoma correspondiente.

## Quién debe presentarlo

Lo presentan **todos los herederos y legatarios**, cada uno por su parte, una vez firmada la [aceptación de la herencia](https://everly.es/blog/aceptacion-de-herencia-formas-y-plazos). Se presenta en la comunidad autónoma de **residencia habitual del fallecido** en los últimos 5 años, salvo excepciones para no residentes. Si en la herencia hay un inmueble urbano, además del Modelo 650 tendrás que liquidar la [plusvalía municipal](https://everly.es/blog/plusvalia-municipal-herencia) en cada ayuntamiento donde esté ubicado.

## Plazo y prórroga

El plazo es de **6 meses desde el fallecimiento**. Puede solicitarse una **prórroga de otros 6 meses**, pero hay que pedirla antes de que se cumplan los 5 primeros meses y devenga intereses de demora.

| Situación | Plazo |
| --- | --- |
| Plazo ordinario | 6 meses desde el fallecimiento. |
| Prórroga (si se solicita antes del mes 5) | +6 meses adicionales con intereses de demora. |
| Fuera de plazo, sin requerimiento | Recargos del 5 al 20 % + intereses. |
| Fuera de plazo, con requerimiento | Sanción del 50 al 150 % más intereses. |

*Cuanto antes presentes, menos recargos.*

## Cómo se calcula el impuesto

1. **Base imponible**: valor neto de los bienes recibidos por cada heredero.
2. Restas **reducciones** (parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, discapacidad).
3. Aplicas la **tarifa progresiva** aprobada por la CCAA.
4. Multiplicas por el **coeficiente** según grupo de parentesco y patrimonio preexistente.
5. Restas **bonificaciones autonómicas** (en muchas CCAA, casi todo).

La diferencia entre CCAA es enorme: en algunas comunidades, una herencia entre padres e hijos paga casi 0 €; en otras, varios miles de euros. Detalle completo en nuestra [guía del Impuesto de Sucesiones por CCAA](https://everly.es/blog/impuesto-sucesiones-comunidades-autonomas-2025).

**Calcular el Modelo 650 por tu cuenta es posible, pero un error puede costarte miles. En nuestro servicio en preview te lo precalculamos. [Apúntate aquí](https://everly.es/gestionar-herencia#lista-espera).**

## Documentación necesaria

- Certificado de **defunción**.
- [Certificado de Últimas Voluntades](https://everly.es/blog/certificado-ultimas-voluntades-guia-solicitud) y de seguros.
- Copia del **testamento** o declaración de herederos.
- **Escritura** de aceptación y adjudicación de herencia.
- Valoración de inmuebles (valor de referencia catastral).
- Certificados bancarios a fecha de fallecimiento.
- DNI/NIE de todos los herederos.

## Cómo se presenta

La presentación es **online en la mayoría de CCAA** a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria autonómica. Necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve. Algunas comunidades permiten presentación presencial en oficinas tributarias.

1. Accede a la sede de la Agencia Tributaria de tu CCAA.
2. Selecciona "Modelo 650 - Sucesiones".
3. Cumplimenta los datos del fallecido y de cada heredero.
4. Adjunta la documentación requerida.
5. Calcula la cuota y elige medio de pago (domiciliación, NRC o ingreso en cuenta).
6. Presenta y guarda el justificante.

## Errores frecuentes

- Valorar inmuebles **por debajo del valor de referencia**: Hacienda recalcula y sanciona.
- Olvidar el **coeficiente multiplicador** por patrimonio preexistente.
- No aplicar la **reducción de vivienda habitual** cuando procede.
- Confundir **parentesco** de grupos (cuñados, sobrinos políticos, parejas de hecho).
- Presentar fuera de plazo sin pedir prórroga: recargo asegurado.

## Preguntas frecuentes sobre el Modelo 650

### ¿Se puede presentar el Modelo 650 online sin certificado digital?

La mayoría de CCAA exigen **certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN** para presentar el Modelo 650 telemáticamente. Sin ellos, puedes descargar el borrador, imprimirlo y presentarlo presencialmente en la oficina liquidadora de tu Agencia Tributaria autonómica, o autorizar a un representante (gestor, asesor o familiar) mediante apoderamiento electrónico.

### ¿Cuánto cuesta presentar el Modelo 650?

Presentar el modelo en sí es **gratuito**. Lo que se paga es la cuota del Impuesto de Sucesiones, que varía enormemente por CCAA: desde 0 € en Madrid o Andalucía (bonificación 99 %) hasta miles de euros en Asturias o Cataluña. Consulta el desglose completo en [cuánto cuesta tramitar una herencia en 2026](https://everly.es/blog/cuanto-cuesta-tramitar-una-herencia-2026) y estima tu cuota con nuestra [calculadora del Impuesto de Sucesiones](https://everly.es/herramientas/calculadora-impuesto-sucesiones).

### ¿Se puede aplazar o fraccionar el pago del Modelo 650?

Sí, las CCAA permiten **aplazamientos de hasta 12 meses sin garantía y hasta 5 años con garantía**. También existe un fraccionamiento específico de 5 anualidades para herencias con poco efectivo. La solicitud se hace al presentar el modelo o dentro del periodo voluntario.

### ¿Y si no tengo dinero para pagar el Modelo 650?

Además del aplazamiento, puedes solicitar **pago en especie** (entregando bienes de la herencia) o, en casos extremos, valorar la [renuncia a la herencia](https://everly.es/blog/renunciar-a-una-herencia-pasos-y-coste). Si hay inmuebles urbanos, recuerda que además del ISD tendrás que liquidar la [plusvalía municipal](https://everly.es/blog/plusvalia-municipal-herencia) en el ayuntamiento correspondiente.

### ¿Tiene que presentarlo cada heredero por separado?

Sí. Cada heredero presenta su propio Modelo 650 por la parte de bienes que le adjudican. Se puede hacer todo en una misma sesión usando el mismo expediente y compartiendo el Modelo 660 (relación de bienes) entre todos los coherederos.

### ¿Y si vivo fuera de España cuando fallece el causante?

Si el fallecido era residente en España, tributas igualmente. Si eres **no residente en la UE o EEE**, puedes optar entre la normativa estatal o la de la CCAA donde estén los bienes principales (STJUE 2014), lo que suele ser mucho más ventajoso.

### ¿Qué diferencia hay entre Modelo 650 y Modelo 660?

El **Modelo 660** es la relación completa de bienes y deudas del fallecido (uno solo por herencia). El **Modelo 650** es la autoliquidación individual de cada heredero sobre su parte. Se presentan juntos.

## Conclusión

El Modelo 650 es el trámite fiscal más importante de cualquier herencia y el que más sorpresas genera. Presentarlo a tiempo y bien calculado evita recargos y sanciones. Si quieres un servicio que lo automatice, [apúntate a la lista de espera de Everly](https://everly.es/gestionar-herencia#lista-espera).

**Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Para situaciones específicas, consulta con un asesor fiscal o notario colegiado.**

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Fuente canónica: https://everly.es/blog/modelo-650-impuesto-sucesiones-guia
Categoría: https://everly.es/blog/categoria/impuesto-sucesiones
